ProGestió AndorraProGestió Andorra
ProGestió
Andorra

Empresa en Andorra entre Francia y España

Clientes franceses y españoles, sociedad andorrana, IGI, establecimiento permanente, empleados y convenios: estructure una actividad transfronteriza coherente.

Contenido verificado por el equipo jurídico y fiscal de ProGestió Andorra — Última actualización:

Revisión: LinkedIn — Fiscalista y experto en proyectos financieros, ProGestió AndorraProGestió · Carrer de la Grau 5-7, Edifici Olimpia, AD500 Andorra la VellaFuentes oficiales : govern.ad  ·  impostos.ad  ·  Nuestra metodología

Crear una empresa en Andorra puede ser pertinente para una actividad orientada a Francia y España. La proximidad geográfica facilita los desplazamientos, pero también aumenta el riesgo de confusión entre el domicilio social, el lugar de trabajo y el país donde deben gravarse los beneficios.

Una sociedad andorrana debe dirigirse realmente desde el Principado. Puede vender a clientes franceses y españoles, emplear colaboradores, organizar prestaciones internacionales y celebrar acuerdos de colaboración. No debe servir para trasladar artificialmente la facturación de una actividad que sigue ejerciéndose en otro país.

Las preguntas a resolver antes de la constitución

Tema Pregunta
Dirección ¿Dónde se toman las decisiones estratégicas?
Prestaciones ¿En qué país se realiza materialmente el trabajo?
Clientes ¿Empresas o particulares, y en qué territorio?
Equipo ¿Dónde residen y trabajan los empleados o subcontratistas?
Oficina ¿Existe un local o una presencia estable fuera de Andorra?
Impuestos indirectos ¿IGI, IVA francés o IVA español?
Convenio ¿Cómo repartir el derecho a gravar?
Residencia del directivo ¿Dónde se sitúan su hogar y sus intereses económicos?

Este análisis determina la estructura y los contratos.

¿Puede una sociedad andorrana facturar en Francia y España?

Sí. Una empresa andorrana puede tener una clientela internacional.

No obstante, la factura debe respetar:

  • la naturaleza del servicio o bien;
  • el estatus del cliente;
  • el lugar de la operación;
  • las normas de IGI;
  • las eventuales normas de IVA del país del cliente;
  • las retenciones en origen;
  • las menciones obligatorias;
  • los contratos y pruebas de realización.

Para numerosos servicios B2B, la tributación indirecta puede localizarse en sede del cliente con inversión del sujeto pasivo. Los servicios vinculados a un inmueble, un evento, una obra, el transporte o los consumidores siguen normas particulares.

El riesgo de establecimiento permanente

Una sociedad puede volverse imponible en Francia o España cuando dispone allí de una instalación fija o ejerce allí una actividad estable a través de personas o medios.

Las señales de riesgo incluyen:

  • una oficina permanente;
  • un empleado que trabaja regularmente en el país;
  • un representante que negocia o firma los contratos;
  • una obra o una prestación duradera;
  • un equipo operativo local;
  • una dirección ejercida desde el domicilio del directivo;
  • un stock o una infraestructura comercial;
  • una dependencia de una sociedad vinculada extranjera.

El término «establecimiento permanente» no significa necesariamente que se haya creado una filial. Puede resultar de los hechos.

¿Dónde está la dirección efectiva?

La sociedad andorrana debe poder demostrar que las decisiones esenciales se toman en Andorra.

Los elementos útiles incluyen:

  • administrador presente;
  • reuniones de dirección;
  • presupuestos y estrategia;
  • firma de los contratos;
  • control bancario;
  • contabilidad;
  • oficina;
  • herramientas y personal;
  • seguimiento de clientes y proveedores.

Un directivo que pasa la mayor parte de su tiempo en Francia o España y negocia allí todos los contratos puede debilitar la residencia fiscal de la sociedad.

Empleados y teletrabajo transfronterizo

Un empleado residente en Francia o España que trabaja para una empresa andorrana plantea cuestiones de derecho laboral, seguridad social, retención sobre el salario y establecimiento permanente.

Hay que determinar:

  • el lugar habitual de trabajo;
  • el contrato aplicable;
  • los días en cada país;
  • la afiliación social;
  • las obligaciones del empleador;
  • el derecho de inmigración;
  • los medios proporcionados;
  • las facultades del empleado.

El teletrabajo regular desde un país extranjero no debe tratarse como un simple desplazamiento puntual.

Francia: aspectos particulares

Una actividad con Francia debe integrar, en particular:

  • el convenio franco-andorrano;
  • las normas francesas de establecimiento permanente;
  • el IVA;
  • las retenciones;
  • los empleados;
  • los ingresos inmobiliarios;
  • la residencia fiscal del directivo;
  • el eventual exit tax al salir.

Una sociedad francesa conservada en el grupo puede continuar su actividad local, mientras que la sociedad andorrana ejerce funciones diferenciadas y documentadas.

España: aspectos particulares

España examina la presencia, la actividad y el centro de los intereses económicos. La proximidad de Cataluña facilita los desplazamientos, pero hace indispensable una separación clara.

Hay que controlar, en particular:

  • el convenio Andorra-España;
  • las oficinas o colaboradores españoles;
  • el lugar de firma;
  • las prestaciones realizadas en sede de los clientes;
  • el IVA;
  • las retenciones;
  • la residencia de la familia;
  • los impuestos regionales sobre el patrimonio cuando la persona sigue siendo residente española.

Importación, venta de bienes y logística

Una empresa que vende mercancías debe organizar:

  • el origen aduanero;
  • la entrada y salida de los bienes;
  • las existencias;
  • el IGI a la importación;
  • el IVA en la Unión Europea;
  • el transporte;
  • los Incoterms;
  • las devoluciones;
  • las obligaciones de representación.

Andorra dispone de una unión aduanera con la Unión Europea para los productos industriales, pero no forma parte del territorio de IVA de la Unión. Ambos asuntos no deben confundirse.

Operaciones entre sociedades del grupo

Cuando el grupo incluye una empresa francesa, española y andorrana, los flujos deben reflejar las funciones reales.

Ejemplos:

  • la sociedad francesa emplea al equipo comercial francés;
  • la sociedad española explota un local o una clientela local;
  • la sociedad andorrana dirige una actividad internacional diferenciada;
  • una holding posee las participaciones;
  • una sociedad de management presta servicios demostrables.

Los precios de transferencia deben ser coherentes con las funciones, activos y riesgos. Un margen no puede trasladarse mediante una factura sin servicio real.

Ejemplo de estructura coherente

Un consultor reside en Andorra y dirige allí una sociedad de consultoría. Trabaja desde sus oficinas andorranas para clientes europeos. Los encargos en Francia y España son puntuales y documentados. Ningún empleado ni oficina permanente se encuentra en esos países.

Esta configuración puede ser coherente, sujeta a las normas propias de las prestaciones y al convenio.

A la inversa, si el equipo, los contratos, el domicilio familiar y la ejecución permanecen en Barcelona, la inscripción andorrana no basta para trasladar la actividad.

Preguntas frecuentes

¿Puede una sociedad andorrana tener el 100 % de clientes franceses? Sí, pero deben examinarse la dependencia, el lugar de realización y el establecimiento permanente.

¿Se puede contratar a un empleado que vive en España? Es posible en ciertas configuraciones, con un análisis del derecho laboral, la seguridad social y las obligaciones locales.

¿Sustituye el IGI al IVA francés o español? No. Cada operación debe localizarse y puede corresponder al IGI, a un IVA extranjero o a una inversión del sujeto pasivo.

¿Hay que crear tres sociedades? No necesariamente. El número de entidades debe corresponder a las funciones e implantaciones reales.

Para saber más: Creación de sociedad, IGI, Fiscalidad, Comparativa Francia, Comparativa España.

ProGestió
Andorra

Hablemos de su futuro

Un primer intercambio confidencial con nuestros asesores para evaluar su situación y sus posibilidades.