ProGestió AndorraProGestió Andorra
ProGestió
Andorra

IGI en Andorra: tipos, facturas y declaraciones

Tipos del 0 % al 9,5 %, umbral, importaciones, servicios internacionales, deducción y facturación: la guía práctica del IGI en Andorra.

Contenido verificado por el equipo jurídico y fiscal de ProGestió Andorra — Última actualización:

Revisión: LinkedIn — Fiscalista y experto en proyectos financieros, ProGestió AndorraProGestió · Carrer de la Grau 5-7, Edifici Olimpia, AD500 Andorra la VellaFuentes oficiales : govern.ad  ·  impostos.ad  ·  Nuestra metodología

El IGI, o Impost General Indirecte, es el impuesto andorrano sobre el consumo. Funciona según una lógica comparable al IVA, pero con sus propios tipos, umbrales, reglas de localización y obligaciones de declaración.

El tipo general es del 4,5 %. Otros tipos se aplican a ciertas operaciones: 0 %, 1 %, 2,5 % y 9,5 %.

Para una empresa, la principal dificultad no es solo conocer el tipo. Hay que determinar si la operación es imponible en Andorra, si el cliente es profesional o particular, si se aplica una exención y si el IGI soportado en las compras puede deducirse.

Los tipos del IGI

Tipo Ejemplos de categorías generales
0 % Ciertas operaciones expresamente previstas y alquileres de vivienda en las condiciones legales
1 % Bienes y servicios que se benefician del tipo reducido
2,5 % Ciertas actividades o prestaciones al tipo especial
4,5 % Tipo general
9,5 % Ciertos servicios bancarios y financieros

La calificación exacta debe comprobarse en la ley. Una denominación comercial no basta para determinar el tipo.

¿Quién está sujeto al IGI?

Están afectadas, en particular, las personas o empresas que realizan de forma habitual entregas de bienes o prestaciones de servicios en el marco de una actividad económica.

El régimen prevé un umbral para los pequeños emprendedores o profesionales, actualmente fijado en torno a 40.000 € de facturación anual, sujeto a las normas de cálculo, exclusiones y opciones. Una persona por debajo del umbral puede no estar sujeta o elegir, en ciertas condiciones, entrar en el régimen.

La elección debe tener en cuenta:

  • la clientela;
  • el importe de las inversiones;
  • la recuperación del IGI sobre las compras;
  • el crecimiento previsto;
  • las obligaciones administrativas.

Una empresa que trabaje principalmente con profesionales puede tener interés en optar por sujetarse al impuesto para recuperar el IGI. Para una actividad destinada a particulares, hay que calcular el impacto en el precio.

IGI repercutido e IGI deducible

La empresa repercute el IGI sobre sus ventas imponibles y puede deducir el IGI soportado en ciertas compras vinculadas a su actividad.

Ejemplo simplificado:

  • ventas sin impuesto: 20.000 €;
  • IGI repercutido al 4,5 %: 900 €;
  • compras profesionales: 8.000 €;
  • IGI deducible: 360 €;
  • importe neto a ingresar: 540 €.

La deducción supone, en particular:

  • una factura conforme;
  • una compra vinculada a la actividad;
  • un uso que dé derecho a deducción;
  • la contabilización;
  • el cumplimiento de los plazos.

Los gastos personales o destinados a operaciones exentas pueden excluirse o limitarse.

Las menciones de la factura

Una factura debe permitir identificar:

  • el vendedor;
  • el cliente;
  • la fecha y el número;
  • la naturaleza de los bienes o servicios;
  • la base imponible;
  • el tipo;
  • el importe del IGI;
  • las menciones de exención o inversión del sujeto pasivo cuando sean aplicables.

Las series deben estar organizadas y ser continuas. Los abonos y correcciones deben hacer referencia a la factura inicial.

Facturar a un cliente profesional extranjero

Una sociedad andorrana que factura a un cliente extranjero no debe aplicar automáticamente el 4,5 %.

Para una prestación de servicios, hay que identificar:

1. si el cliente actúa como profesional;

2. su lugar de establecimiento;

3. la regla general o especial de localización;

4. la eventual inversión del sujeto pasivo en el país del cliente;

5. la prueba del estatus y la dirección del cliente. Numerosos servicios B2B pueden localizarse en sede del cliente. Otros siguen vinculados al lugar del inmueble, el evento, el transporte o la ejecución.

El contrato, el número fiscal y las pruebas de localización deben conservarse.

Facturar a un particular extranjero

Las prestaciones B2C pueden seguir una regla diferente. Según el servicio, puede aplicarse el IGI andorrano o puede surgir una obligación de inscripción en el país del consumidor.

Los servicios digitales, telecomunicaciones, ventas a distancia, eventos, alquileres y prestaciones vinculadas al inmobiliario requieren una verificación específica.

El hecho de que el pago proceda de una cuenta extranjera no determina el lugar fiscal.

Importaciones de bienes

Los bienes que entran en Andorra están sujetos a las formalidades aduaneras y, en principio, al IGI a la importación.

La base puede incluir:

  • valor de la mercancía;
  • transporte;
  • seguro;
  • embalaje;
  • eventuales derechos de aduana;
  • otros gastos hasta el lugar previsto por la normativa.

La empresa puede deducir el IGI de importación cuando se cumplen las condiciones y los documentos aduaneros están a su nombre.

Exportaciones y ventas de bienes al extranjero

Una exportación puede beneficiarse de un tratamiento específico, sujeto a demostrar la salida del bien.

La empresa debe conservar:

  • factura;
  • declaración aduanera;
  • prueba de transporte;
  • recepción;
  • documentos comerciales.

Sin prueba, la administración puede impugnar la exención.

Inmobiliario y alquileres

Los alquileres destinados exclusivamente a vivienda pueden estar sujetos al tipo del 0 % en las condiciones previstas.

Los alquileres comerciales, prestaciones hoteleras, alquileres de corta duración y servicios anexos pueden estar sujetos a otro tratamiento.

La compra, las obras y la recuperación del IGI deben estudiarse según el uso futuro del inmueble.

Declaraciones y periodicidad

La periodicidad depende del volumen y el régimen aplicable. La empresa debe:

  • llevar los registros;
  • conservar las facturas;
  • presentar las declaraciones;
  • pagar el saldo;
  • corregir los errores;
  • gestionar los eventuales créditos.

Se debe establecer un calendario desde el inicio de la actividad. Las obligaciones de IGI no deben esperar al cierre anual.

Errores frecuentes

  • aplicar el 4,5 % a todas las facturas;
  • no verificar el estatus del cliente;
  • deducir gastos personales;
  • utilizar una factura extranjera no conforme;
  • olvidar el IGI a la importación;
  • confundir facturación y beneficio;
  • superar el umbral sin cambiar de régimen;
  • omitir las menciones de exención;
  • no conservar la prueba de una exportación;
  • ignorar las obligaciones de IVA extranjeras.

Preguntas frecuentes

¿Es el IGI el IVA andorrano? Se trata del impuesto indirecto general del Principado. Su lógica es similar, pero sus normas y tipos son andorranos.

¿Facturan todas las empresas al 4,5 %? No. Deben verificarse el tipo, el umbral y la localización de la operación.

¿Se puede recuperar el IGI de un vehículo? La deducción depende del uso profesional, las limitaciones y los justificantes.

¿Está una factura a una empresa francesa fuera del IGI? A menudo, para ciertos servicios B2B, pero no siempre. La naturaleza de la prestación debe analizarse.

Para saber más: Fiscalidad en Andorra, Creación de sociedad, Contabilidad.

ProGestió
Andorra

Hablemos de su futuro

Un primer intercambio confidencial con nuestros asesores para evaluar su situación y sus posibilidades.