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Francia vs Andorra 2026: fiscalidad comparada

Compare la fiscalidad francesa y andorrana en 2026: renta, sociedades, dividendos, IFI, IGI, residencia fiscal y ejemplos con cifras.

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Comparar la fiscalidad de Francia y Andorra no consiste en oponer un tipo francés del 45 % a un tipo andorrano del 10 %. El tipo marginal no es el tipo medio, y un cambio de residencia no traslada automáticamente todos los ingresos al Principado.

La comparación útil debe integrar la residencia fiscal, el origen de los ingresos, la situación familiar, las sociedades poseídas, el patrimonio inmobiliario y las cotizaciones sociales.

Tabla comparativa 2026

Elemento Andorra Francia
Impuesto sobre la renta Tipo del 10 %, con mínimos y bonificaciones Escala progresiva del 0 % al 45 %
Rendimientos financieros Base del ahorro al 10 %, sujeto a exenciones PFU general del 31,4 % en 2026 u opción por la escala
Impuesto sobre sociedades Tipo general del 10 % Tipo normal del 25 %
Tipo reducido sociedades Regímenes y deducciones bajo condiciones 15 % sobre una primera fracción para ciertas pymes
Impuesto sobre el consumo IGI general del 4,5 % IVA normal del 20 %
Patrimonio inmobiliario Sin impuesto nacional general comparable al IFI IFI a partir de 1,3 M€ de patrimonio inmobiliario neto imponible
Convenio fiscal Convenio Francia-Andorra vigente Convenio Francia-Andorra vigente

Ejemplo 1: renta imponible de 100.000 €

Tomemos a una persona soltera sin hijos, con una renta neta imponible de 100.000 €, sin reducción particular y excluyendo cotizaciones sociales.

En Francia, la aplicación de la escala de 2026 a los ingresos de 2025 conduce a un impuesto bruto indicativo de aproximadamente 24.801 € antes de descuento, reducciones o créditos.

En Andorra, un cálculo simplificado basado en el mínimo personal general de 24.000 €, el tipo del 10 % y la bonificación máxima de 800 € conduce a aproximadamente 6.800 €.

Este ejemplo ilustra una diferencia potencial, pero no basta para concluir. El ingreso debe corresponder realmente al IRPF andorrano y la persona debe haber trasladado su residencia fiscal de manera efectiva.

Ejemplo 2: beneficio de sociedad de 100.000 €

Para una empresa gravada al tipo normal, antes de créditos y gastos no deducibles:

  • Andorra: impuesto indicativo de 10.000 €;
  • Francia: impuesto indicativo de 25.000 €.

No obstante, una pyme francesa elegible para el tipo reducido puede beneficiarse del 15 % sobre una primera fracción de beneficio. A la inversa, una sociedad andorrana administrada desde Francia o con un establecimiento permanente francés puede seguir siendo imponible en Francia por toda o parte de su actividad.

Dividendos: no comparar solo los tipos personales

En Andorra, los dividendos distribuidos a una persona física residente por una sociedad andorrana sujeta al impuesto sobre sociedades pueden estar exentos de IRPF.

En Francia, los dividendos generalmente corresponden al PFU, cuyo tipo global es del 31,4 % desde 2026, salvo opción por la escala y situaciones particulares.

Para un dividendo procedente de una sociedad francesa y pagado a un residente andorrano, hay que analizar:

  • el impuesto ya pagado por la sociedad;
  • la retención en origen francesa;
  • el convenio fiscal;
  • la condición de beneficiario efectivo;
  • el tratamiento andorrano;
  • las eventuales normas antiabuso.

¿Qué sigue siendo imponible en Francia tras la salida?

El traslado de residencia no elimina los vínculos fiscales con Francia. Pueden seguir afectados, en particular:

  • los alquileres de inmuebles situados en Francia;
  • las plusvalías inmobiliarias francesas;
  • ciertas remuneraciones de actividad ejercida en Francia;
  • ciertos dividendos y pensiones;
  • el IFI sobre los activos inmobiliarios franceses;
  • el exit tax cuando se cumplen sus condiciones.

Una persona que conserve su hogar, su familia, su actividad principal y su centro económico en Francia también puede seguir siendo residente fiscal francesa a pesar de una tarjeta de residencia andorrana.

Los criterios de residencia fiscal

Andorra considera generalmente residente fiscal a una persona que permanece más de 183 días en su territorio o cuyo núcleo principal de actividades económicas o intereses económicos se encuentra allí.

Francia examina, entre otros, el hogar, el lugar de residencia principal, la actividad profesional principal y el centro de los intereses económicos.

Cuando ambos países reclaman la residencia, el convenio fiscal utiliza criterios sucesivos para resolver la situación. Por tanto, hay que organizar y documentar:

  • la vivienda;
  • los días de presencia;
  • la residencia de la familia;
  • el lugar de dirección de las empresas;
  • las cuentas bancarias y gastos corrientes;
  • los contratos y funciones profesionales.

¿Cuándo puede ser coherente Andorra?

Una instalación puede ser pertinente cuando la persona desea realmente vivir en el Principado, puede dirigir allí su actividad, dispone de una clientela internacional y acepta trasladar su centro de vida.

Francia puede seguir siendo más adecuada cuando la empresa, los empleados, los clientes, la familia y los activos profesionales permanecen duraderamente concentrados allí.

El buen resultado no es el tipo más bajo en una tabla. Es una organización jurídicamente defendible, compatible con el modo de vida y sostenible durante varios años.

Preguntas frecuentes

¿Basta siempre con pasar 183 días en Andorra? No. También deben examinarse los intereses económicos, el hogar y el convenio fiscal.

¿Permite una sociedad andorrana facturar a clientes franceses? Sí, pero deben verificarse el lugar de ejecución, la dirección efectiva y el riesgo de establecimiento permanente francés.

¿Puede un residente andorrano conservar un piso en Francia? Sí. Los ingresos, plusvalías y eventualmente el IFI siguen sujetos a las normas francesas.

¿Elimina el convenio toda doble imposición? Reparte los derechos de tributación y prevé mecanismos de corrección, pero cada ingreso debe analizarse por separado.

Para saber más: Comparativa Andorra-Francia, Fiscalidad en Andorra, Residencia activa, Residencia pasiva, Simulador fiscal.

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