

Forma jurídica, inversión extranjera, banco, notario, costes y apertura: los pasos esenciales para crear una sociedad en Andorra en 2026.
Contenido verificado por el equipo jurídico y fiscal de ProGestió Andorra — Última actualización:
Crear una sociedad en Andorra implica una sucesión de trámites administrativos, bancarios, notariales, fiscales y comerciales. El proyecto debe prepararse como una futura empresa en funcionamiento, y no como una simple inscripción.
Una persona extranjera puede poseer todo o parte del capital de una sociedad andorrana, sujeto al régimen de inversión extranjera y a las eventuales normas sectoriales.
La forma más utilizada es la SL o SLU, con un capital mínimo de 3.000 €. La SA o SAU, cuyo capital mínimo es de 60.000 €, responde más a proyectos con varios inversores o una gobernanza más estructurada.
| Paso | Objetivo |
|---|---|
| Estudio de viabilidad | Verificar la actividad, la forma y las autorizaciones |
| NIA y certificado digital | Identificar a los fundadores ante la administración |
| Denominación social | Reservar el nombre y definir el objeto social |
| Inversión extranjera | Obtener la autorización cuando se requiera |
| Domicilio social | Elegir un local, oficina o coworking adecuado |
| Banco | Justificar el capital, los fondos y los flujos futuros |
| Estatutos y notario | Constituir jurídicamente la sociedad |
| Registro y fiscalidad | Obtener la inscripción y las altas fiscales |
| Apertura comercial | Autorizar el inicio de la actividad |
| CASS y contabilidad | Organizar las obligaciones sociales y anuales |
Algunas actividades son libres, otras exigen un título, una licencia, una colegiación profesional o un local que cumpla ciertas condiciones.
Antes de reservar el nombre, hay que precisar:
Un objeto social demasiado vago puede ralentizar la inversión extranjera, el banco y la apertura comercial.
La SL generalmente conviene a un emprendedor, una pyme o un grupo familiar. Puede ser unipersonal bajo la forma SLU.
La SA es pertinente cuando el proyecto requiere un capital más importante, varios inversores, clases de acciones o una gobernanza colegiada. Puede constituirse por un accionista único bajo la forma SAU.
El tipo general del impuesto sobre sociedades es el mismo para ambas formas. La elección se centra en el capital, el accionariado y las reglas de decisión.
Generalmente se requiere una autorización previa cuando el inversor extranjero supera los umbrales de exención previstos por la ley.
El expediente presenta, en particular:
Los certificados de antecedentes penales, documentos de identidad y documentos extranjeros deben estar disponibles, certificados y, si es necesario, apostillados o traducidos.
El banco analiza el proyecto por separado. La autorización administrativa no garantiza la apertura de la cuenta.
El expediente KYC debe explicar:
Una vez aceptada la cuenta de constitución, se ingresa el capital y se entrega un certificado al notario.
El domicilio social debe estar situado en Andorra. Según la actividad, puede tratarse de un local, una oficina o un espacio de coworking.
Una dirección de domiciliación no siempre basta para todas las actividades. Hay que verificar:
Los estatutos definen el capital, los socios, el objeto, el domicilio social, la administración y las decisiones.
También deben anticipar:
Unos estatutos estándar pueden convenir a un proyecto sencillo, pero resultan costosos cuando es necesaria una modificación urgente.
La constitución se firma ante un notario andorrano. El acta se inscribe después en el Registre de societats.
Tras la inscripción, hay que organizar:
La apertura comercial generalmente requiere algunas semanas después de la presentación de un expediente completo, pero el plazo varía según la actividad.
Los principales importes oficiales consultados en agosto de 2026 son:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Capital SL / SLU | 3.000 € |
| Capital SA / SAU | 60.000 € |
| Reserva de la denominación | 5,69 € |
| Autorización de inversión | 300 € |
| extranjera, si se requiere | |
| Inscripción SL / SLU | 1.016,67 € |
| Inscripción SA / SAU | 1.480,54 € |
Se añaden el notario, los estatutos, los documentos, el banco, el domicilio social y el acompañamiento.
Un expediente estándar generalmente debe planificarse a lo largo de varias semanas a algunos meses. El plazo depende de:
Es preferible no prometer una fecha de inicio antes de haber validado las principales etapas.
Las sociedades que incluyen una inversión extranjera directa deben demostrar una actividad económica efectiva en los 18 meses siguientes a su constitución.
La administración puede examinar la apertura del comercio, el depósito de las cuentas, las inversiones y la coherencia entre las previsiones y la actividad real.
Esta exigencia confirma que el plan de negocio no debe ser un documento destinado únicamente a la autorización. Debe servir como hoja de ruta operativa.
¿Puede un extranjero poseer el 100 % de la sociedad? Sí en principio, sujeto a la autorización de inversión y a las normas sectoriales.
¿Es el capital un gasto? No. Pertenece a la empresa tras la inscripción.
¿Se puede hacer todo a distancia? Gran parte de la preparación puede realizarse a distancia. El banco, el notario o la administración pueden solicitar presencia o un poder.
¿Otorga la sociedad automáticamente la residencia? No. La inmigración es objeto de un procedimiento distinto.
Para saber más: Página principal de creación, SL, SA, Residencia activa, Coworking.
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